La adolescente de 18 años denuncia frente a la jueza de Familia de Paso de los Libres, Marta Rut Legarreta, que quiere abortar: “No quiero tener de nuevo otro bebé a la fuerza, producto de una violación”. Le cuenta que desde los 13 años su padrastro abusa sexualmente de ella y en consecuencia ya tiene una niña de dos años.
Según el Código Penal de 1921 en Argentina el aborto es legal por causales: si corre peligro la salud o la vida de la mujer, o si fue violada. Un fallo de la Corte Suprema de 2012 ratificó ese derecho y exhortó a todas las provincias a adherir a un Protocolo Nacional de Interrupción Legal del Embarazo (ILE). La Corte explicó en su fallo que la Justicia no debe intervenir en estas situaciones.
Ante lo dicho anteriormente, la adolescente tenía derecho a interrumpir legalmente su embarazo y así lo solicitó. La jueza a cargo del caso avaló su pedido de aborto, aunque no es requisito dicho aval. "Yo intervine igual porque estamos en Corrientes", declaró la Magistrada al Diario Clarín, y relata: “envíe un escrito avisando que iría la chica y que le realicen la interrupción".
Pero en el Hospital San José, de Paso de los Libres, le dijeron a la adolescente que el embarazado ya estaba muy avanzado porque rondaba las 23 semanas y que era riesgoso interrumpirlo.
Tres días más tarde la chica volvió. Alegando que continuaría con el embarazo y que luego lo daría en adopción al nacer. En presencia de la Asesora de Menores aseguró estar convencida de la decisión de entregar al niño. Según la jueza, dijo "no quiero ver al bebé al momento del nacimiento, quiero que esté la familia adoptante presente para evitar que el bebé quede conmigo”.
Cuando la jueza es consultada por la actuación del equipo médico en el caso ella responde: “Si la asustaron en el hospital no lo sé... yo confío en el equipo de salud mental, no creo que la hayan manipulado... el problema está en que los médicos tienen miedo, miedo que les inicien un proceso, miedo porque en Corrientes no hay protocolo de ILE. La chica no fue al hospital sino que vino al juzgado. Y si bien yo sé que no hay que judicializar la situación mandé una nota al hospital porque sabía que no le iban a hacer el aborto tan fácil. Claro que le correspondía, pero ningún médico quiere hacer abortos, y mucho menos tan avanzados”.
Esa adolescente fue invisible para el Estado que falló en protegerla. Fue llamativo como después del primer parto no intervino el Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia y no se realizó un seguimiento de su situación.
Se respetó el deseo de la joven de no ejercer el rol materno, pero no su voluntad de abortar
La decisión de la adopción
La jueza relató a Clarín que al fallar en el intento de que la víctima accediera a un aborto legal, frente a la solicitud de darlo en adopción, tomó la decisión de iniciar el proceso de para resguardar el derecho del niño que iba a nacer. “No autoricé una adopción prenatal sino que dicté una medida de urgencia ante una situación dramática”.
Se otorgó una guarda condicional a una pareja inscripta en el Registro de Aspirantes provincial desde el momento del nacimiento del bebé, pero con la condicionante de que la madre tiene derecho de arrepentirse hasta el día 45 posterior al nacimiento. Según la jueza "Esta es una medida de urgencia".
El fallo reaviva el debate entre dos posturas antagónicas que se sintetizan bajo los pañuelos verdes y celestes. La adopción es una figura para las personas ya nacidas, porque como lo dice el Código Civil, todos los derechos se consolidan con el nacimiento con vida.
Corrientes
Desde el 2 de diciembre de 2011 la provincia de Corrientes es "territorio Pro-vida", y por decreto 2871 “estableciéndose como política de Estado la defensa de la vida desde el momento de la concepción y de la familia".
Según el Plan Nacional de Disminución del Embarazo No Intencional en la Adolescencia (ENIA), Corrientes también es una de las provincias con mayor tasa de embarazo adolescente: cada día nacen diez bebés cuyas madres tienen entre 15 y 19 años. Y cada tres días una niña de entre 10 y 14 años se convierte en madre a causa de una violación.
No es casual que el fallo que otorgó una adopción prenatal, por fuera del marco jurídico argentino, lo haya firmado una jueza de Corrientes. De esa provincia es la diputada nacional por Cambiemos, Estela Mercedes Regidor, la que comparó fetos con perritos en el debate por la legalización del aborto: ella presentó en setiembre de 2018 un proyecto de ley para incorporar al no nacido al Código Civil argentino, para promover así la adopción pre natal.
Según Página 12, la provincia no implementó un protocolo de actuación en casos de abortos no punibles y con excepción de un caso que se hizo en marzo con una orden judicial en el Hospital de Santo Tomé a una niña de 13 años con retraso madurativo, no se practican interrupciones legales de embarazo en centros de salud públicos. Es más, operadores de la justicia se vanaglorian de convencer a niñas embarazadas -o a sus madres- de llevar a término la gestación, como lo ha dicho la defensora de Pobres y Ausentes Nº1 del Poder Judicial de la provincia, Roxana Itatí Duarte López, en relación a un caso de 2013 de una niña de 10 años: “Yo tengo contacto con la mamá de la niña, y le dije `vas a tener dos hijas: la de 10 y la bebé´”, contó un año atrás en Radio Sudamericana, una radio local.
Argentina es uno de los 38 países que aprobaron el Consenso de Montevideo. Lo cual implica que el Estado debe desplegar una serie de acciones que garanticen, promuevan y reconozcan los derechos humanos que se incluyen en este consenso.
El Consenso contiene 120 medidas prioritarias en 8 temas: 1- Integración plena de la población y su dinámica en el desarrollo sostenible con igualdad y respeto de los derechos humanos; 2- Derechos, necesidades, responsabilidades y demandas de niños, niñas, adolescentes y jóvenes; 3- Envejecimiento, protección social y desafíos socioeconómicos; 4- Acceso universal a los servicios de salud sexual y salud reproductiva; 5- Igualdad de género; 5- La migración internacional y la protección de los derechos humanos de todas las personas migrantes; 6- Desigualdad territorial, movilidad espacial y vulnerabilidad; 7- Pueblos indígenas: interculturalidad y derechos; 8- Afrodescendientes: derechos y combate al racismo y la discriminación racial.
Estos hechos contravienen especialmente las siguientes medidas del Consenso:
12. Implementar programas de salud sexual y salud reproductiva integrales, oportunos y de calidad para adolescentes y jóvenes, que incluyan servicios de salud sexual y salud reproductiva amigables, con perspectiva de género, derechos humanos, intergeneracional e intercultural, y que garanticen el acceso a métodos anticonceptivos modernos, seguros y eficaces, respetando el principio de confidencialidad y privacidad, para que adolescentes y jóvenes ejerzan sus derechos sexuales y derechos reproductivos, tengan una vida sexual responsable, placentera y saludable, eviten los embarazos tempranos y los no deseados, la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisión sexual; y tomen decisiones libres, informadas y responsables con relación a su vida sexual y reproductiva y al ejercicio de su orientación sexual;
14. Dar prioridad a prevenir el embarazo en la adolescencia y eliminar el aborto inseguro, mediante la educación integral para la sexualidad, y el acceso oportuno y confidencial a la información, asesoramiento, tecnologías y servicios de calidad, incluida la anticoncepción oral de emergencia sin receta y los condones femeninos y masculinos;
15. Diseñar estrategias intersectoriales dirigidas a ayudar a las mujeres a prevenir el embarazo subsiguiente en la adolescencia, incluida la atención prenatal, del parto y posparto, el acceso a métodos anticonceptivos, a las acciones de protección y asistencia y a la justicia;
42. Asegurar, en los casos en que el aborto es legal o está despenalizado en la legislación nacional, la existencia de servicios de aborto seguros y de calidad para las mujeres que cursan embarazos no deseados y no aceptados e instar a los demás Estados a considerar la posibilidad de modificar las leyes, normativas, estrategias y políticas públicas sobre la interrupción voluntaria del embarazo para salvaguardar la vida y la salud de mujeres y adolescentes, mejorando su calidad de vida y disminuyendo el número de abortos.
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